El Instructor propone una sanción de "SUSPENSIÓN FIRME DE FUNCIONES Y RETRIBUCIONES POR EL PERIODO DE 110 DÍAS".
El Instructor, al final, no ha tenido en cuenta una de las dos faltas graves de las que se me acusaba :
i) La falta injustificada de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios...
pero si la segunda:
m) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes o porcentaje equivalente en el caso de que su cómputo no sea mensual.
La propuesta contempla 5 apartados
A. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS QUE HAN MOTIVADO LA INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DISCIPLINARIO
B. SOBRE LA PRUEBA DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO Y MOTIVACIÓN DEL INSTRUCTOR EN RELACIÓN CON LA DENEGACIÓN DE ALGUNAS PRUEBAS PROPUESTAS POR EL FUNCIONARIO INCULPADO
C. FUNDAMENTOS DE DERECHO
D. VALORACIÓN DE LOS HECHOS IMPUTADOS AL FUNCIONARIO EN EL PLIEGO DE CARGOS Y CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS MISMOS
E. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DEL FUNCIONARIO DON ÁNGEL SÁEZ GIL Y PROPUESTA DE SANCIÓN
y en el último párrafo se concreta la propuesta de sanción :
SE PROPONE
Declarar a D.Ángel Sáez Gil, autor de la siguiente falta,
Tengo otro plazo de 10 días para presentar las alegaciones que considere oportunas y luego a esperar a que el Coordinador de los Servicios Periféricos de Educación de Toledo envíe el expediente completo, incluyendo la propuesta del Instructor (suspensión firme de funciones y retribuciones por el periodo de 110 días), al ÓRGANO COMPETENTE que deberá tomar la DECISIÓN DEFINITIVA.
No tengo muy claro el ámbito competencial de las comunidades autónomas en estos casos; me explico:
- Cometo una presunta falta grave en una comunidad autónoma en junio de 2012 (Castilla la Mancha);
- El 1 de septiembre de 2012 soy funcionario de otra comunidad (Madrid) por concurso de traslados;
- El 6 de septiembre de 2012 se abre expediente disciplinario en Castilla la Mancha aunque ya no soy funcionario de esa comunidad.
- Ahora se tomará una decisión, posiblemente de suspensión firme de funciones y retribuciones ajustada a una legislación de Castilla la Mancha pero enviarán la notificación a la otra comunidad (Madrid)
- En Madrid que tiene otra legislación diferente, deberán aplicar la decisión definitiva.
Si algún otro sindicato está interesado en este proceso, puedo enviar copia de la propuesta a sus servicios jurídicos también.
Ya pondré en el blog la decisión definitiva cuando se tome.